jueves, 26 de abril de 2012
La tortura como una política oficial israelí
La tortura como una política oficial israelí (y III)
La postura de Israel ante el tema de la tortura
Israel se autodenomina una democracia, pero sin embargo se define como un Estado judío, trata a los judíos de manera preferencial y les proporciona derechos especiales y privilegios que le deniega a las personas de otras religiones. El país no posee una Constitución formal. Se gobierna por unas Leyes Fundamentales, que hasta 1992 no garantizaron ninguno de los Derechos Humanos. Sólo entonces se promulgó la Ley Fundamental de Libertad y Dignidad Humana, que autorizaba al Knesset a rechazar leyes contrarias al derecho a la dignidad, a la vida, la libertad, la privacidad y la propiedad, al igual que a entrar y salir del país.
Esta Ley establece que:
"No habrá la violación de la vida, cuerpo o dignidad de persona alguna. Todos las personas merecen la protección” de estos derechos y “no debe existir la deprivación o restricción de la libertad de una persona por razones de prisión, arresto, extradición u otras”.
Otra Ley Fundamental aborda “el Derecho a la Vida y al Sustento en la Ley Israelí”, afirmándose en ella que la vida es sagrada y señalando que “la ley israelí ha abolido la pena de muerte por asesinato (y castigos corporales)”. Por su parte, la Ley del Buen Samaritano de 1998 establece que debe suministrarse asistencia en situaciones “de inmediato y severo peligro para alguna persona”.
Sin embargo, estas disposiciones son sólo para judíos, al negar las leyes fundamentales la igualdad a los no-judíos, a pesar de las distintas aseveraciones formales que en ellas se incluyen.
Así, la Ley Fundamental de Libertad y Dignidad Humana afirma que “los derechos humanos fundamentales…son originados a partir del reconocimiento del valor del ser humano, la santidad de la vida humana y el principio de que todas las personas son libres”. Esta Ley Fundamental existe “para proteger la vida humana, la dignidad y asegurar que todas las autoridades gubernamentales tengan la obligación de respetar estos derechos bajo esta Ley Fundamental”. El texto dispone de un inciso en el que se indica que Israel es un Estado judío, de tal forma que todos los derechos, beneficios, privilegios y protección son sólo para los judíos. Otros [ciudadanos] no son ni bienvenidos, ni requeridos, son desiguales y no se prevé para ellos ninguna protección legal.
Más aún -y a pesar de las leyes internacionales libres de ambigüedades-, las leyes israelíes estipulan que la tortura, los abusos, la crueldad y el trato inhumano y/o degradante no son considerados crímenes, aún cuando la propia Ley Penal israelí de 1977 prohíbe la tortura y prevé sanciones criminales en su contra, en un lenguaje similar al utilizado en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura.
Israel mantiene que “oficialmente había proclamado un estado de emergencia pública desde el 19 de mayo de 1948, cuatro días después de su fundación, hasta el presente día”. Este estado seguiría vigente “debido al permanente estado de guerra o conflicto violento entre Israel y sus vecinos y los ataques de otros sobre la vida y propiedad de sus ciudadanos”. Así, las disposiciones de las leyes israelíes se desvían ilegalmente de los señalamientos de las leyes internacionales, en la medida que éstas difieran de los propósitos nacionales de libertad y seguridad de aquellas. Por lógica implícita, la tortura y el maltrato son permitidos, las condiciones excepcionales son normales y lo temporal es permanente, en directa contradicción con las normas y estándares habitualmente aceptados.
La UAT señala que: “el principio fundamental de no padecer torturas y otras formas de de castigo o maltrato, no puede ser violentado bajo ninguna circunstancia o estado de emergencia”. El derecho a no padecer torturas o abusos es sacrosanto [inamovible, innegociable, esencial, permanente], por lo que desviaciones de carácter “temporal” no permiten violaciones a los derechos humanos básicos. Tales violaciones se encuentran estrictamente prohibidas según las leyes internacionales universalmente aceptadas, leyes que los estados signatarios están obligados en todo momento a cumplir, bajo cualquier condición y sin excepciones.
Sin embargo, la UAT señala que Israel inflige torturas y maltratos “en el contexto de arrestos y al momento de interrogar a personas sospechosas de ser amenazas para la seguridad”, aún cuando no se les impute ningún cargo y no existan evidencias substanciadoras.
Así, prácticas como las siguientes son comunes:
•Palizas;
•Privación del sueño;
• Esposas dolorosamente ajustadas;
•Sacudimientos violentos;
•Patadas;
•Torsiones violentas de la cabeza hacia los lados o hacia arriba y hacia abajo, al igual que de los brazos, muñecas o manos, en momentos en que los detenidos se encuentran atados al espaldar o a distintas partes de sillas;
•La dolorosa postura de “la rana”, causante de numerosas lesiones y que consiste en en arrodillarse con los pies en punta mientras las manos se encuentran esposadas a la espalda;
•La posición de “plátano”, consistente en mantener al detenido atado por la cintura a una silla, mientras la espalda se dobla en arco, de modo que los pies y las manos se mantienen atados por debajo de la silla
• La posición de “shabah”, en la que se atan de manera prolongada y dolorosa las manos y pies de los detenidos a una silla plástica fijada al suelo, de metal y de tamaño estandarizado y sin brazos;
•El aislamiento prolongado, incluyendo el confinamiento solitario y psicológicamente dañino en celdas pequeñas, bajo condiciones opresivas diseñadas para quebrar la resistencia de los detenidos; Al igual que maldecir; someter a un tratamiento humillante y degradante; desnudar [con la excusa del] cacheo; proferir amenazas físicas, junto a otras prácticas realizadas para “reblandecer” a los detenidos al momento de los interrogatorios.
Las ONG también critican severamente las condiciones de las prisiones israelíes y las penurias a las que deben enfrentarse los familiares para visitar a sus seres queridos. Las restricciones son onerosas:
Sólo pueden efectuar visitas los familiares de primer grado; y
Los visitantes masculinos entre los 16 y los 35 años enfrentan severas restricciones; los hermanos sólo pueden efectuar una visita al año y los hijos apenas dos; las esposas también se topan con restricciones; y
Los familiares deben recurrir al transporte de la Cruz Roja Internacional para visitar a los prisioneros, de cualquier otra forma inaccesibles para ellos debido a las distancias y a las prohibiciones de transporte.
La UAT considera que las violaciones de los derechos humanos “se encuentran en el corazón del conflicto de Oriente Próximo” y afectan directamente “la propia estabilidad y seguridad de Israel”. Sin embargo, Israel no las discute y [a ese país] se le aplica escasa presión [diplomática e internacional] debido al “estatus especial” que le ha otorgado la UE y por supuesto, Washington. Como resultado y a pesar de las persistentes violaciones a los derechos humanos, los EEUU se hacen de la vista gorda y los países de la Unión Europea prefieren el diálogo antes que el castigo, que incluiría sanciones sustanciales para Israel.
Todos los palestinos de los territorios ocupados se resienten, pero los habitantes de Gaza y los miembros de Hamás son quienes más lo padecen. Consideran que la comunidad internacional y los hermanos estados árabes les han traicionado y abandonado y que les dejan pudrirse a su suerte, a pesar de las promesas de los estados miembros de la UE de donar billones para construir un Estado palestino, realizadas en la Conferencia de París de diciembre de 2007. Dada la alianza de Israel con Occidente, las pasadas promesas rotas y las actuales condiciones de la Palestina ocupada, es difícil imaginar que cualquiera de estos fondos sean destinados a mejoras reales sobre el terreno. Es fácil pensar que financiarán el estado de seguridad de Israel y perjudicarán los intereses palestinos.
La UAT subraya el problema de la siguiente manera:
"La sensibilidad de Israel al momento de lidiar…con temas de derechos humanos y el problema de la tortura y los malos tratos convierten cualquier diálogo sobre estas cuestiones en un asunto particularmente lento y difícil…”. Tanto es así, que los estados miembros de la UE “pueden ser reticentes a plantear estos asuntos de manera sistemática, consistente y firme, a pesar de sus deberes políticos de situar el tema de los derechos humanos en el centro de sus respectivas políticas exteriores y de seguridad”.
El diálogo sin embargo se encuentra en marcha. Los derechos humanos se abordan en él, pero “aparentemente no los temas de la tortura y el maltrato…dadas las realidades políticas en Israel y los Territorios Ocupados, el progreso en prevenir y erradicar la tortura y el maltrato debe ser considerado una meta de mediano y largo plazo”, a la luz de los modestos éxitos obtenidos por las ONG.
Por encima de todo, los desafíos para erradicar la tortura son formidables y numerosos. Al lidiar con Israel, “nunca es bueno el momento para plantear preguntas con relación a los DDHH y siempre existen razones para no tomar medidas…”. Pero la UAT es directa: A pesar de las tensiones en Oriente Próximo, la realidad política y la complejidad de los asuntos más duros (más difíciles), ninguna excusa justifica a los estados miembros de la UE para no “promover de manera contundente y de forma consistente el completo cumplimiento de las obligaciones básicas y completas relativas a proteger los derechos más fundamentales de los individuos”.
Las acciones [de la UE] deben superar las resistencias que existen con relación a los siguientes temas:
•La “extrema sensibilidad” de Israel a las críticas sobre su expediente en derechos humanos;
• Sus argumentos sobre la seguridad y el estado de guerra como formas de justificar los abusos y desdeñar las leyes internacionales;
•Su ausencia de voluntad política para poner fin a 41 años de ocupación;
•El desconocimiento de su responsabilidad en lo relativo a asuntos de “necesidad”, incluyendo la condena del abuso y la tortura;
Sus abusivas condiciones de detención, incluyendo;
(1) Denegar a los palestinos acceso a la asesoría legal durante los interrogatorios;
(2) Los métodos interrogatorios utilizados;
(3) La brutalidad policial en general, incluyendo la tortura y el abuso;
(4) Las horrorosas condiciones de prisión;
(5) La atención médica inadecuada y el rol indecoroso de los médicos durante los interrogatorios; y
(6) Las reglas altamente restrictivas en las prisiones para efectuar visitas.
Asimismo, [otros elementos que inciden sobre las posibles actuaciones en favor de la mejora de los DDHH son:]
El limitado contacto entre las ONG y el Gobierno israelí, así como la inexistencia de oportunidades para ejercer influencia sobre éste;
La falta de voluntad política de la UE de “interferir” en los “asuntos” israelíes; los estados miembros prácticamente han abandonado [los esfuerzos en procura del respeto a los DDHH] porque “no vale la pena tener una pelea con Israel”;
Los vínculos económicos UE-Israel relegan el tema de los derechos humanos a un segundo plano; y
La errada política de la UE para el Medio Oriente, consistente en una alianza con Estados Unidos, en vez de forjar una de naturaleza independiente.
La UAT señala que varias organizaciones de derechos humanos ya no confían en la comunidad internacional, incluidas la UE y la ONU, prefiriendo sus propios esfuerzos y recursos -legales y políticos-, de forma de poder obtener logros modestos, antes que no obtener ninguno a partir de la mediación inefectiva de determinadas naciones.
Las conclusiones de la UAT son:
— La información sobre las líneas maestras y su implementación son esenciales para erradicar la tortura y el abuso;
— Las ONG son altamente respetadas y las informaciones que manejan se consideran fidedignas, pero algunas tienen más contacto con miembros de la UE que otras;
Así y tomando en cuenta la sensibilidad de Israel [al abordar el tema del respeto a los DDHH] y sus crecientes vínculos económicos con la UE, los estados europeos muestran una considerable incomodidad en abordar los temas de la tortura y los abusos; sin embargo y hasta cierto punto (aunque inadecuado), se han embarcado en temas relacionados con las detenciones a nivel administrativo; el Muro de Separación y los asentamientos en Cisjordania, aunque luego sus esfuerzos concluyan en que, descontando excepciones menores, ningún éxito ha sido obtenido y las políticas israelíes continúan inamovibles.
De modo que los esfuerzos suman muy poco, -el equivalente a un “acto de equilibrio”– para mantener buenas relaciones con Israel y obtener logros económicos y políticos. Asimismo, los estados de la UE han contribuido “asistiendo financieramente a los actores de la sociedad civil en Israel y de los Territorios Palestinos Ocupados”, pero esa acción no sustituye a una presión consistente.
Recomendaciones
Las mentes y los corazones de todas las partes deben cambiar para erradicar la tortura y el abuso;
El liderazgo estadounidense [en la región] ha fenecido, por lo que los estados de la UE deben ejercer el liderazgo y ser coherentes con sus principios legales, políticos y éticos;
La UE debe sobreponerse a las diferencias nacionales y “actuar como una unidad”;
Debe presionar a Israel a partir de su supremacía; las ganancias económicas tienen un precio, que consiste en mejorar el expediente del país en materia de derechos humanos, en particular en lo concerniente a la tortura y los abusos, cumpliendo plenamente con sus obligaciones en materia de leyes internacionales;
Las ONG deben presionar para la aprobación de leyes que penalicen la tortura, el trato o el castigo cruel, inhumano o degradante y también deben hacer lo propio para que se implementen medidas independientes, imparciales y competentes, que prevengan estas prácticas, en concordancia con las leyes internacionales. Dar por terminado el ciclo de violencia es un reto. Se requieren tiempo y voluntad. Para ello, debe comenzarse por respetar la igualdad de derechos de todos y su intrínseco valor humano. Si se puede obtener un acuerdo para no recurrir a la violencia, “la llave mágica para la paz, la justicia y la auténtica seguridad” puede hallarse a mano, pero se requiere de un esfuerzo cierto para poder “girar la llave” de manera constructiva y no hay tiempo que perder para hacerlo.
Stephen Lendman es investigador asociado del Centro para la Investigación de la Globalización.
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