jueves, 20 de mayo de 2021

OFICIAL: LA “4-T” METERÁ MANO EN LOS MEDIOS

 

OFICIAL: LA “4-T” METERÁ MANO EN LOS MEDIOS

La Corte declaró inconstitucional la reforma a la ley referida que permitía a los concesionarios de radio y televisión generar sus propios códigos de ética

A instancias de funcionarios de la autodenominada “Cuarta Transformación”, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el pasado 12 de mayo una sentencia que obligará a las estaciones de radio y televisión a sujetarse a códigos de ética y lineamientos emitidos por el Estado.

Con esta sentencia, la Segunda Sala ratificó un amparo concedido en 2019 por un juez de distrito a varios ciudadanos que iniciaron el litigio como integrantes de una asociación civil pero que actualmente tienen cargos de relevancia dentro del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, cargos que obtuvieron con el arribo de Andrés Manuel López Obrador a la Presidencia de la República.

De manera precisa, el litigio fue iniciado y continuado por Gabriel Sosa Plata, actualmente director general de Radio Educación; Adriana Solórzano Fuentes, directora de producción y planeación de la misma emisora, y Beatriz Solís Leree, defensora de las audiencias de Canal 14 (propiedad del Estado), entre otros.

Dentro de la sentencia del pasado 12 de mayo, la Segunda Sala de la SCJN le dio al Congreso un plazo de 30 días hábiles para que modifique la Ley Federal Telecomunicaciones y Radiodifusión y le devuelva al Instituto Federal de Telecomunicaciones la facultad de emitir lineamientos de conducta que estarán obligados a acatar las estaciones de radio y televisión.

La Corte declaró inconstitucional la reforma a la ley referida que permitía a los concesionarios de radio y televisión generar sus propios códigos de ética bajo un marco de autorregulación y ordenó que sea el Estado el que fije las normas de observancia general en la materia.

Entre los lineamientos que las estaciones de radio y televisión deben acatar está la obligación de diferenciar, en cada noticiero, lo que es información de lo que es opinión, una medida dictada en el 2016 por el IFT pero que por absurda, nunca entró en vigor y fue abrogada por el Congreso en 2017.

Los lineamientos emitidos en ese 2016, que ahora, a instancias de los funcionarios de la “4-T” revivió la Corte,  señalan que los medios deben informar con “veracidad”, entendida ésta como la “exigencia de que lo difundido esté respaldado por un ejercicio razonable de investigación y comprobación”.

La vigilancia y la aplicación de sanciones por el incumplimiento de estas disposiciones quedará en manos de la Secretaría de Gobernación, por lo que el gobierno encabezado por López Obrador se encargará de calificar alguna información de veraz o no y de sancionar a quien considere que lo merece.

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El fallo de la Segunda Sala de la SCJN que nos ocupa, al cual casualmente el área de Comunicación Social de la Corte no le dio la misma difusión que a otros casos, representa un atentado a la libertad de expresión.

Como consecuencia de este fallo, el gobierno podrá sancionar a Televisa, TV Azteca, MVS, Radio Centro o el medio electrónico que nos venga a la mente, por considerar que alguna información que difundió no fue veraz o porque no diferenció lo que era información de lo que era opinión.

Con la animadversión crónica que tiene el presidente López Obrador hacia la prensa, podemos imaginar la gran cantidad de veces que los medios serán exhibidos públicamente como “mentirosos” o “tendenciosos” al amparo del fallo de la Corte del pasado 12 de mayo.

Este fallo convertirá al Estado mexicano en censor de los medios electrónicos y a varios funcionarios de gobierno en interventores para revisar y censurar los contenidos noticiosos. Grave, muy grave.

OFF THE RECORD

**SE PASÓ EL ALTO…¿Y?

El pasado 7 de mayo, el presidente Andrés Manuel López Obrador se pasó un alto afuera de Palacio Nacional, lo cual quedó grabado en video.

El primer mandatario se tardó casi dos semanas en ofrecer una explicación, pero al fin dijo ayer que el semáforo sí estaba en rojo pero que un agente de tránsito le dio el paso a su chofer. Vaya respuesta.

Pero bueno, si el presidente puede violar la Constitución cuantas veces quiera ¿por qué no iba a violar el Reglamento de Tránsito de la CDMX?

**LA PIEDRA EN EL ZAPATO

El diputado federal Porfirio Muñoz Ledo está convertido en una auténtica piedra en el zapato de Morena.

Ayer, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la dirigencia de este partido revisar los criterios por los que le quitó a Muñoz Ledo la posibilidad de reelegirse.

Ahora, Morena tiene una de dos: o incluye a Muñoz Ledo en la lista de plurinominales o se inventa alguna excusa que ahora sí convenza a los magistrados del TEPJF.

Correo: expedientepolitico@yahoo.com.mx

Twitter: @pepecontreras_m

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