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martes, 4 de diciembre de 2012

La situación de los acuíferos en Palestina

La situación de los acuíferos en Palestina


Artículos de Opinión | María Jesús García * | 03-12-2012 | facebookyahootwitter
La Ocupación Ilegal del Golán Sirio
La región del Golán es territorio Sirio, ilegalmente ocupado por Israel desde la Guerra de los Seis Días, en junio de 1967. Desde entonces, Israel obligó a 131000 habitantes (actualmente son aproximadamente 500.000 las personas desplazadas) a dejar el Golán y destruyó 2 ciudades, 130 aldeas y 112 granjas agropecuarias.
En diciembre de 1981, el parlamento israelí, la Kneset, aprobó la Ley de las Alturas del Golán, con la intención de anexionarse toda la región del Golán, imponiendo a los Territorios Ocupados su jurisdicción y administración. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, respondió con la aprobación de la Resolución 497 que dice “la adquisición de territorios por la fuerza es inadmisible” y “la decisión israelí de imponer sus leyes, jurisdicción y administración al territorio ocupado de las Alturas del Golán es nula y sin valor, y no tiene efecto alguno desde el punto de vista del Derecho Internacional”La Resolución de la ONU 59/33, de 31 de Enero de 2005 reafirmó la Resolución de 1981 haciendo hincapié en la ilegalidad de la construcción de los asentamientos israelíes en el Golán Sirio ocupado desde 1967.
Eden Springst Ltd, (Mayanot Eden) es una empresa israelí que extrae agua del manantial Salukia en el Golán y lo embotella Katzrin, el mayor asentamiento ilegal del Golán, construido en el emplazamiento de una aldea destruida que tenía 474 residentes sirios antes de la ocupación. La cuestión principal es que esta empresa se beneficia directamente de la explotación ilegal de los recursos hídricos del Golán Sirio ocupado, violando el Derecho Internacional y especialmente los Derechos Humanos de su población, siendo cómplice de la ocupación ilegal de este territorio por parte de Israel.
Es indiscutible que las acciones de Edén Springs Ltd vulneran el Derecho Internacional; sin embargo, la vinculación de empresas europeas y estadounidenses con una marca falta de toda ética como Edén Springs Ltd es un asunto a tener en cuenta desde el punto de vista de la responsabilidad y la complicidad empresarial en el respeto a los Derechos Humanos. Por tanto, empresas como Eden Springs UK Ltd que dependen de la sociedad matriz israelí, son cómplices de violaciones de Derechos Humanos y del Derecho Internacional por sus relaciones comerciales con dicha casa matriz y lo mismo cabría decir de otras empresas europeas ó mundiales que dependen de la matriz israelí y por tanto vulneran el Derecho Internacional y los Derechos Humanos de la población palestina del Golán Sirio, al convertirse en cómplices de la Ocupación Israelí en dichos Territorios. La complicidad de las empresas no israelíes en las violaciones de los Derechos Humanos es de particular relevancia a la hora de aplicar la Campaña de Boicot, Desinversiones y Sanciones, por la enorme influencia que tiene la opinión pública a la hora de frenar con este tipo de Campañas el apartheid israelí.
Restricciones de agua que sufre la población árabe del Golán Sirio
La existencia de Eden Springst Ltd es más ofensiva para el pueblo del Golán, por cuanto Israel es lamentablemente conocido por la expropiación forzosa de los recursos hídricos de la región, aplicando desde el comienzo de la ocupación numerosas políticas aparentemente militares, encaminadas a controlar esos recursos hídricos.
A los habitantes nativos sirios se les prohibe acceder al agua y utilizarla para fines agrícolas, con devastadoras consecuencias en la economía sobre todo agrícola, mientras los asentamientos judíos cuentan con cantidades ilimitadas de agua a bajo costo.
Con arreglo a la Ley de Aguas de Israel de 1959, todos los recursos hídricos de la región pasaron a ser propiedad del Estado de Israel. Se prohibió la perforación de pozos y balsas a mediados de 1970. El lago Ram, utilizado para la ganadería y la irrigación local fue confiscado y el agua enviada por tuberías a los asentamientos judíos. Temerosos de nuevas restricciones, los agricultores locales sirios instalaron tanques metálicos en sus huertos para poder disponer de agua, pero las autoridades israelíes habían prohibido la construcción de tanques entre 1983 y 1985 y en virtud de la prohibición impusieron fuertes multas a los agricultores y destruyeron varios de los tanques, aduciendo que todos los recursos hídricos incluido el agua de lluvia pertenecían al Estado.
El ejército israelí intensifica sus ataques a los recursos hídricos palestinos
El ejército israelí destruye frecuente e ilegalmente los pozos de agua de los beduinos palestinos en el Valle del Jordán concedidos y permitidos de manera legal por la Autoridad Palestina , vulnerando con ello el Derecho Internacional, ejecutando una Limpieza Étnica permanente en el Valle del Jordán desde que Israel ocupó el territorio en 1967.
El centro de esa opresión y cuestión crucial de la lucha beduina palestina para resistir la ocupación es el problema del agua, ya que Israel se ha apropiado de absolutamente todos los acuíferos de Cisjordania para utilizarlos a ambos lados de la línea verde y como consecuencia la población palestina de Cisjordania y Gaza, especialmente la población beduina del Valle del Jordán han visto secarse los manantiales alrededor de los cuales construían sus pueblos, encontrándose con que no pueden excavar pozos suficientes por las rigurosas y agobiantes regulaciones israelíes, y pasando a depender de los desorbitados precios que les imponen sus opresores para acceder a un Derecho Humano tan básico e indispensable como es el agua.
Cuando Cisjordania se convirtió en 1967 en territorio ocupado, el ejército israelí dictó una Orden Militar para que toda el agua de Cisjordania estuviera bajo control estatal y Mekorot, la compañía nacional que gestiona todo lo relativo al agua se apropió de los acuíferos desarrollando pozos por toda Cisjordania al servicio de Israel y la expansión de los asentamientos. Entre 1967 y los Acuerdos de Oslo de 1994 los beduinos palestinos del Valle del Jordán vieron como su tierra y su agua desaparecían tras las puertas de los asentamientos donde los colonos tenían ampliamente garantizado el suministro de agua.
Oslo, que parecía ser la esperanza a toda esta situación trajo nuevos sistemas institucionalizados de opresión. En medio de toda esta situación, los beduinos palestinos se ven privados de su capacidad para acceder a los recursos del agua en el 95% del Valle del Jordán, a través de tres sistemas entrelazados de control del agua:
1) El Comité Conjunto del Agua, formado por palestinos e israelíes que permiten ó niegan el acceso al agua ó las propuestas de rehabilitación presentadas por la Autoridad Palestina.
2) La Administración Civil de Israel, que somete los proyectos aprobados por el Comité anterior a una maraña de limitaciones y escrutinios burocráticos y técnicos, retrasando su marcha ó paralizándolos del todo.
3) El Ejército israelí que continúa destruyendo los pozos de agua, cisternas e infraestructuras sobre el terreno de las comunidades beduinas, aunque se disponga de los permisos adecuados.
Por tanto, Oslo II más que una solución es un problema, un control unilateral institucionalizado de Israel sobre el Golán Sirio, que hace imposible el compromiso de la Autoridad Palestina y las ONG en desarrollar infraestructuras que garanticen el acceso al agua en Cisjordania. La corrupción burocrática y de control en la que están atrapadas tanto las organizaciones civiles y políticas palestinas e israelíes, motivan abusos sobre el terreno, que violan claramente el Derecho al Agua consagrado en la Observación General Nº 15 de los Artículos 11 y 12 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (Ginebra, noviembre de 2002). El Documento estipula que el derecho al agua entraña tanto libertades como derechos.
- Derecho a mantener un suministro y gestión del agua en condiciones de igualdad de oportunidades para satisfacer el derecho al agua sin sufrir interferencias en dicho suministro.
- El acceso al agua y a las instalaciones y servicios hídricos debe estar al alcance físico de toda la población. Se debe acceder a un agua suficiente, segura y aceptable en cada hogar, vecindad, institución educativa, y lugar de trabajo
- Derecho a la accesibilidad económica: el agua, las instalaciones y servicios hídricos deben estar al alcance de todos. Los costes y cargas directos e indirectos asociados a la disponibilidad del agua deben ser asequibles
- Derecho a la “no discriminación”: el agua y las instalaciones y servicios hídricos deben estar al alcance de toda la población, incluidos los sectores más vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna.
Según un Informe de Amnistía Internacional (Octubre de 2009) , entre 180 y 200.000 palestinos no tienen acceso al agua corriente, el coste del agua llevado en cisternas a Cisjordania se incrementa entre 100 - 200%; los palestinos del Valle del Jordán consumen menos agua que el estándar mínimo global fijado por la OMS. Los palestinos consumen una media de 37 millones de m3 de agua /año en comparación con los 41 millones de m3 de 9.400 colonos y pagan por el agua más que los israelíes:
Hay consenso casi universal de que se está perpetrando en el Valle del Jordán una Limpieza Étnica, no sólo en lo referente al agua, sino a todos los aspectos de la vida, de 15.000 beduinos que no están conectados a ninguna red hídrica en el 95% del Valle del Jordán.
Abogados como Fatthy Kdirat de “Solidaridad con el Valle del Jordán”, un movimiento de base que construye infraestructuras para los beduinos del Valle, están resueltos en apoyarles para que resistan la opresión de la ocupación y se queden en su tierra, “He pasado todos los días de mi vida bajo la ocupación”, “y quiero ver un futuro mejor para mis niños. Soy de aquí y no van a callarme”.
El Derecho Internacional y la Ilegalidad del aprovechamiento de la Ocupación
El Estatuto de Israel con respecto a los Territorios Ocupados es el de “ocupante beligerante”. La Legislación relativa a la ocupación beligerante se encuentra en el Reglamento de La Haya de 1907 y en los Convenios de Ginebra (y sus protocolos) en 1949. La explotación de los recursos naturales con fines comerciales en un territorio ocupado ( Edén Springst Ltd en el Golán) está prohibido por el Derecho Internacional.
Reglamento IV Convención de La Haya 1907 – La propiedad privada debe ser respetada y no puede ser confiscada. El pillaje debe estar prohibido y los bienes y recursos no pueden ser requisados sino para cubrir las necesidades del ejército ocupante y deberán ser pagados por la potencia ocupante. Arts 46, 47 y 52.
IV Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 1949 – Prohíbe la destrucción de bienes e inmuebles pertenecientes individual y colectivamente a personas particulares, al estado ó colectividades públicas, organizaciones sociales ó cooperativas, excepto que sean necesarias para operaciones bélicas. La potencia ocupante no podrá requisar víveres, artículos ó suministros médicos disponibles en el territorio ocupado.
Resoluciones de las Naciones Unidas que prohíben que una potencia ocupante se beneficie de una ocupación:
- Resolución 3336 – Soberanía permanente sobre los recursos nacionales en los territorios palestinos y demás territorios árabes ocupados de 1974
- Resolución 38/144 – Soberanía permanente sobre los recursos nacionales en los territorios palestinos y demás territorios árabes ocupados en 1983 – llamamiento a todos los Estados, Organizaciones Internacionales, organismos especializados…a no reconocer ninguna de las medidas adoptadas por Israel para explotar los recursos nacionales de los territorios palestinos y demás TTOO árabes.
- Resolución 63/201 – Soberanía permanente del pueblo palestino en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental y la población árabe en el Golán Sirio ocupado sobre sus recursos naturales incluida la tierra y el agua.
Un Boicot con Éxito
En enero de 2005, la Occupied Palestine and Syrian Golan Heights Advocacy Iniciative (OPGAI) realizó una convocatoria de boicot, desinversiones y sanciones (BDS) contra Israel “hasta que cumpla con el Derecho Internacional y los principios universales de los Derechos Humanos”. Los efectos prácticos de este movimiento son observables en el caso de Edén Springs UK Ltd la filial inglesa dependiente de Edén Springs Ltd de Israel. La Campaña hizo presión sobre todas las compañías y empresas comerciales, concejales y miembros del parlamento, Universidades y colegios, para que cancelasen todos los contratos con Edén Springs UK Ltd, en el convencimiento de que cualquier Institución ó empresa que haga negocios con Edén Springs UK Ltd está apoyando los asentamientos ilegales y las violaciones del Derecho Internacional y de los Derechos Humanos de la población del Golán Sirio y demás TTOO Palestinos. Similar éxito al observado con la Edén Springs UK Ltd, se dio con la empresa de helados Ben & Jerry´s que canceló sus acuerdos con Edén Springst a raíz de una Campaña de Boicot a sus productos en septiembre de 1998.
El resultado de ambos boicots ilustra el potencial del movimiento BDS para lograr resultados tangibles. En España, también se ha logrado un buen éxito con esta Campaña de Boicot a Edén Springts Ltd en Universidades, Sindicatos, Ayuntamientos, …en las que se ha llevado a cabo, retirando el agua de dicha marca de sus expositores y dispensadores de bebidas. La opinión pública es una herramienta muy útil con la que presionar a las corporaciones a actuar de manera consecuente con los Derechos Humanos y repercutir negativamente en las empresas israelíes que persistan en violar el Derecho Internacional.
Conclusión
La ocupación del Golán Sirio, los asentamientos en la región y las empresas instaladas en estas tierras son ilegales según el Derecho Internacional y la empresa israelí Eden Springts Ltd viola directamente el Derecho Internacional siendo cómplice de la ocupación ilegal del Golán Sirio por parte de Israel. Las empresas no israelíes vinculadas a Edén Springs Ltd son cómplices de estas mismas violaciones. La Campaña BDS se muestra una forma eficaz de poner fin al Apartheid Israelí en el Territorio del Golán y en todos los TTOO Palestinos.;
http://www.rebelion.org/noticia.php...
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http://freepaly.wordpress.com/2011/....
http://www.golan-marsad.org/pdf/Ede...
* Plataforma de Solidaridad Ávila por Palestina

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