Artículo 19 señaló la “hiperconcentración” de publicidad oficial en 10 medios de comunicación
Parece que no son diferentes, pues Artículo 19 señaló la “hiperconcentración” de publicidad oficial en 10 medios de comunicación
La organización Artículo 19 señaló la “hiperconcentración” de publicidad oficial en 10 medios de comunicación.
Desde la regla tácita de la relación entre medios y poder político: “no pago para que me peguen”, Artículo 19 denunció la asignación discrecional de la publicidad oficial como medio de censura indirecta.
Lo anterior, luego de una hiperconcentración de publicidad oficial en sólo 10 empresas de comunicación que recibieron 54.8 por ciento del total gasto, que representa 787 millones 381 mil 311.02 pesos, y el resto, 45.2 por ciento, se repartió entre 399 compañías.
En 2021, el gobierno federal ejerció dos mil 459 millones de pesos en publicidad oficial, de un total de tres mil 50 millones de pesos que se aprobaron, es decir, dejaron de gastar el 19 por ciento de los recursos autorizados por el Congreso.
El Informe anual 2022 “Voces contra la indiferencia”, de la organización internacional de derechos humanos por la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información, advierte que la concentración de recursos y la discrecionalidad en los criterios de asignación da pie a la utilización de la publicidad oficial como mecanismo de control o manipulación de las líneas editoriales.
“Hiperconcentración” de publicidad oficial en 10 medios de comunicación
Leopoldo Maldonado, director regional de Artículo 19 en su Oficina para México y Centroamérica, criticó que paralelo a la estrategia de ataque verbal contra la prensa desde el espacio de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, el dinero público se opera como una mordaza.
Denunció el desacató la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de subsanar las deficiencias en la Ley General de Comunicación Social, también conocida como “Ley Chayote” y se reglamentó nuevamente de manera ineficiente la publicidad oficial, durante 2022.
“Ya sea mediante la violencia directa, los ataques verbales y la desacreditación de los mensajeros o bien mediante la asignación discrecional de la publicidad oficial como medio de censura indirecta, el actual gobierno federal ha sido incapaz de revertir los anclajes autoritarios que han y siguen inhibiendo el ejercicio periodístico en México.
“Mientras esta situación persista, difícilmente llegaremos al tan anhelado estadio de consolidación democrática en un marco de garantía plena y efectiva de los derechos humanos”, reza el informe anual 2022 de Artículo 19.
Publicidad oficial puede ser forma de presión
De lo anterior, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establece: “La distribución arbitraria de publicidad oficial es una forma de presión que actúa como premio o castigo que tiene por objeto condicionar la línea editorial de un medio según la voluntad de quien ejerce la presión.
“Los mecanismos de censura indirecta suelen esconderse detrás del aparente ejercicio legítimo de facultades estatales, muchas de las cuales se ejercen por los funcionarios en forma discrecional.
“En el caso de la distribución de la publicidad oficial, se configura un caso de censura indirecta cuando la misma es realizada con fines discriminatorios de acuerdo con la posición editorial del medio incluido o excluido en ese reparto y con el objeto de condicionar su posición editorial o línea informativa”.
Parece que no son diferentes, pues Artículo 19 señaló la “hiperconcentración” de publicidad oficial en 10 medios de comunicación.
Con información de Quadratín
JZ
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