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viernes, 15 de abril de 2016

Racismo institucional e islamofobia en el Estado español

El racismo institucional, con todos sus matices, tiene como efecto crear un racismo social, donde la intolerancia y la discriminación se ven como un fenómeno habitual

15/04/2016 - Autor: Ángel Álvarez Hernández - Fuente: Webislam
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El racismo institucional crea un racismo social.
En el año 2.014 se recogieron por parte de la Secretaría de Estado del Ministerio del Interior 1.285 incidentes relacionados con delitos de odio, y en el año 2.015 se recogieron 1.328 incidentes, lo que representa un incremento del 13% debido a la incorporación de incidentes motivados por ideología y discriminación por género, en declaraciones realizadas por el propio Ministro Jorge Fernández Díaz.
Según la Agencia de Derechos Fundamentales (FRA) de la Unión Europea, entre el 80% y el 90% de los incidentes de odio no se denuncian, es decir, que los 1.328 incidentes recogidos representarían sólamente entre el 10% y el 20%, de los incidentes de odio cometidos, por lo que se puede inferir que en el año 2.015 se cometieron en España aproximadamente entre 6.640 y 13.280 incidentes relacionados con delitos de odio, de los que entre 5.312 y 11.952 no se denunciaron.
El 49%, (641), de los 1.328 incidentes relacionados con delitos de odio no fueron esclarecidos, por lo que se puede afirmar que miles de delincuentes no son sancionados ni denunciados por sus delitos, y que existe por tanto un grado muy alto de impunidad.
El 73,4% del total de las víctimas de delitos de odio son españolas y solo el 26,6% son extranjeras, según el mencionado informe. Estas cifras, dadas por el Ministerio del Interior, resultan irrisorias si se las compara con los 54.000 casos anuales que se producen de media en el Reino Unido o los 25.000 de Alemania. En España, según las estadísticas del año 2.014, había 5.023.487 de extranjeros, lo que representa un 10'7% de la población total, y según la estadística solo “310 personas” de los más de 5 millones habrían sufrido un hecho relacionado con un incidente que podría ser constitutivo de un delito de odio, algo que no parece encajar con la lógica.
Podríamos estar ante dos realidades paralelas opuestas. La realidad que reflejan las estadísticas oficiales, y la realidad que se vive en las calles. La palabra islamofobia ni siquiera aparece en el informe y el número de incidentes relacionados con delitos de odio por motivos religiosos es de 70 casos, en el 2.015, para una población de 1.800.000 musulmanes, algo que parece difícil de creer. En el Reino Unido, con una población de 2.700.000 musulmanes, se produjeron, según datos de la Policia Metropolitana, 816 actos de xenofobia contra los musulmanes registrados en los 12 meses que van desde julio de 2014 a julio del 2.015, lo que representa un incremento del 70% respecto del período anterior. Lo lógico sería que en España se registraran como mínimo unos 300 casos de islamofobia (un 36% menos en relación con la población musulmana de Reino Unido) y no los exiguos 70 casos que se relacionan con delitos de odio por motivos religiosos, y que pueden ser de origen musulmán, cristiano o de cualquier otra confesión.
Así pues, nos encontramos con la negación de una realidad por parte del Estado, ya sea por falta de medios o por una presunta falta de voluntad. William Macpherson, en su informe sobre el asesinato de Stephen Lawrence, fue el primero en describir el racismo institucional. En 1993, la Secretaria de la Salud de Salvador, (Brasil), emitió un informe en el que diagnosticaba la aparición del racismo institucional de la siguiente manera:
El racismo institucional ocurre cuando instituciones y organizaciones fracasan en ofrecer un servicio profesional adecuado a personas por causa de su color, cultura, origen religiosa, racial o étnica. Sus manifestaciones poden ser identificadas como normas, prácticas y comportamientos discriminatorios adoptados en el trabajo cotidiano, resultantes de la ignorancia, falta de atención, preconcepto o esteriotipo racista. En cualquier caso, el racismo institucional siempre coloca personas de grupos raciales o étnicos discriminados en situación de desventaja en el acceso a beneficios generados por la acción de instituciones y organizaciones.
La existencia de un posible racismo institucional es lo que podría explicar que entre el 80% y 90% de los incidentes relacionados con delitos de odio no se denuncien y que solo un 51% de los denunciados sean resueltos. Lo que equivale a que solo entre el 5% y el 10% de los incidentes relacionados con un delito de odio sean resueltos. Entre el 90% y el 95%, no se denuncian o no son resueltos. La impunidad de los autores de los incidentes de odio y la indefensión de las victimas es clamorosa.
El racismo institucional, con todos sus matices, tiene como efecto crear un racismo social, donde la intolerancia y la discriminación se ven como un fenómeno habitual, diario y aceptado por los colectivos vulnerables, que no denuncian, ni tienen fe en las instituciones. En octubre de 2015, la Comisión Europea dio a conocer los resultados del Eurobarómetro sobre discriminación en la Unión Europea. En el caso de España, el 75% de los encuestados se mostró de acuerdo con la idea de que se deberían introducir nuevas medidas para aumentar el nivel de protección de los grupos en riesgo de discriminación y un 49% contestó que, en caso de sufrir un incidente de discriminación o delito de odio, no acudiría en primer lugar a la Policía, sino que preferiría informar antes a un abogado, a los tribunales o a una ONG. SOS Racismo, en sus diferentes informes anuales, ha afirmado reiteradamente:
Racismo institucional y social son proporcionales puesto que el primero legitima y abriga al segundo. Existe un binomio entre el racismo perpetrado desde las estructuras institucionales a través de leyes, discursos y otras iniciativas políticas y el racismo del ciudadano anónimo, Por ello no es desmesurado decir que si se sigue en esta línea asistiremos a un aumento del racismo social los próximos años (SOS Racismo, 2009:1).
En el caso de la población musulmana, su situación se ve agravada por los atentados terroristas cometidos por grupos fanáticos y heréticos desviados del islam, que con sus crímenes fomentan la islamofobia. El Observatorio de los Derechos Humanos (HRW) denunció que Francia llevó a cabo 3.200 redadas "abusivas y discriminatorias"contra los musulmanes y puso bajo arresto domiciliario a entre 350 y 400 personas desde la aplicación del estado de emergencia como consecuencia de los atentados de París en noviembre de 2015. El racismo institucional, aparece con diferentes brazos, que se pueden sistematizar brevemente de la siguiente manera:
a) Los discursos y declaraciones de políticos y representantes institucionales que utilizan con fines electoralistas el discurso del populismo-xenófobo. El ex alcalde de Badalona por el Partido Popular, después de los atentados de París escribió dos menajes desde su perfil de Twitter en los que decía:
- Quizá es el momento que la UE se plante si puede seguir con la política de que cualquiera tiene todos los derechos. No todas las opciones son válidas.
- Una religión que en su versión más radical es capaz de matar no puede tener el mismo trato que el resto de creencias.
b)  Las conductas que podrían ser calificadas de discriminatorias por parte de funcionarios que representan la Ley y el Estado, (policía, funcionarios de extranjería, militares…etc):
- A Shaima Saidani, de 8 años de edad, la dirección del colegio Joan Puigbert-Annexa de Girona le prohibió llevar en clase el velo. A Fátima Elidrisi de 13 años, en el Colegio Católico Inmaculada Concepción, las monjas le negaron la asistencia a clase con velo. A Najwa Malha, de 16 años, la dirección del instituto Camilo José Cela de Pozuelo de Alarcón (Madrid) no le permitió asistir a clase de 4º de la ESO por llevar velo.
- Zoubida Barik, abogada en ejercicio fue expulsada del estrado por el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez por llevar el velo.
c) Las regulaciones legales y decretos que limitan los derechos sociales, políticos, económicos de los colectivos minoritarios o vulnerables:
- El protocolo en fase de elaboración y estudio de la Generalitat de Catalunya, que establece que los docentes vigilaran el auge del yihadismo en las aulas. Nicolás Fernández Guisado, presidente de Anpe, manifestó que "No queremos una escuela policial ni que haya una caza de brujas".
d) El culturalismo y etnocentrismo de las políticas sociales. A este respecto César Manzanos, señala lo siguiente:
- Muchas veces, lo más grave de la marginación no es tener que vivir de las ayudas que les pueden conceder ante la falta de recursos propios, sino la sensación de estar debiendo favores e incluso el rechazo social del entorno donde viven, que constantemente les está recordando sutil o explícitamente que son los otros en nuestro país (…) La discriminación en general y en el acceso a los servicios sociales en particular es objetiva y subjetiva, es decir, hemos recogido experiencias tanto del trato diferencial que reciben por parte de los profesionales de los servicios sociales a los que acceden, como de los problemas materiales de acceso a servicios públicos(Manzanos, 2004:149)”.
Necesitamos, entre otras muchas medidas:
1. La creación de un Protocolo de Actuación para la Policía en el caso de delitos de odio, que permita contabilizar los incidentes de manera fiable y que ayuden a los agentes a combatirlos e identificar a los autores.
2. Una democracia militante, donde los intolerantes no tengan cabida en partidos, asociaciones y movimientos sociales.
3. Una mayor sensibilidad judicial que conecte con la calle y comprenda la problemática de los colectivos vulnerables o minoritarios.
4. Una educación que desde la escuela enseñe el respeto, la aceptación y la tolerancia, del rico pluralismo y la diversidad social en la que vivimos.
5. Una política social de integración que combata la creación de guetos y la exclusión en todas sus formas.
6. La creación de una Ley integral contra los delitos de odio, que sirva para la represión del delincuente, su rehabilitación y la protección y apoyo de las víctimas.

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