Sin duda resulta saludable la polémica desatada por buena parte de los medios de comunicación de Estados Unidos –televisión, radio y digitales privados y públicos–, al negarse a difundir la mentira oficial del presidente Trump.

¿Y por qué resulta saludable?

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Porque confirma que no sólo los ciudadanos, en general, sino buena parte de los periodistas, en particular, ignoran elementos sustanciales de la materia con la que trabajan todos los días.

¿Y cuál es esa materia?

Nos referimos a libertades y derechos ciudadanos; en especial a la libertad de expresión y al derecho a la información.

Muchos periodistas y muchos ciudadanos ignoran, por ejemplo, que el concepto de censura se establece “sí y sólo si” cuando un agente del Estado impide la libertad de expresión ciudadana.

Y también ignoran que el derecho a la información es, sobre todo, una obligación de los agentes del Estado; obligación sometida a la veracidad, la puntualidad y la regularidad.

Por eso, cuando medios de comunicación norteamericanos cancelaron el informe mentiroso de Trump –sobre el resultado electoral–, sólo ejercieron su obligación frente al derecho de sus audiencias, de recibir información veraz, sin el manoseo del interés oficial.

Y también queda claro que es una reverenda estulticia suponer que los medios censuraron al presidente norteamericano.

Pero vamos por partes.

En el caso de la libertad de expresión, está claro que se trata de un derecho natural, tan antiguo, como la humanidad misma.

Es decir, que la capacidad de pensamiento y las formas de expresar lo que pensamos, son parte del equipaje natural de los seres humanos; además de que es una de las cualidades que nos distingue del resto de los seres vivos.

Los ciudadanos podemos pensar aquello que nos venga en gana, sin limite alguno; podemos pensar las peores barbaridades y nadie puede impedir nuestro pensamiento.

Pero los ciudadanos también contamos con la posibilidad de externar todo aquello que pensamos, a través de las distintas formas del lenguaje; hablado, escrito, corporal, pictórico, mímico, digital… y hasta con el silencio.

En el caso mexicano, los únicos límites al pensamiento y a la libertad de expresar lo que pensamos –libertad conocida como de expresión–, son los que establecen los artículos 6º y 7º de la Constitución, que aquí se reproduce.

Artículo 6º: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley…”.

Artículo 7º: “Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. … Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6º de la Constitución”.

Así pues, en México, ningún ciudadano, incluido el ciudadano López Obrador, puede ser sujeto de censura.

Sin embargo, cuando los ciudadanos son, al mismo tiempo, agentes activos del Estado y –sobre todo–, cuando son el jefe del Estado, como es el caso de López Obrador, el tratamiento de lo que dicen, opinan e informan, es distinto al de un ciudadano.

¿Por qué?

Porque Obrador, en tanto presidentes, ya no sólo es un ciudadanos, sino que es la máxima autoridad política y administrativa en México…

Y en ese caso, Obrador está obligado a informar a sus gobernados, no solo con regularidad, sino con puntualidad y veracidad.

Y aquí entra en juego otro de los derechos fundamentales de los ciudadanos y la otra obligación puntual de los gobernantes; el derecho a la información.

¿Qué es el derecho a la información?

Es el derecho que asiste a todos los ciudadanos de conocer todo aquello que ocurre en su entorno, sea público o privado.

Es un derecho consagrado en la Carta Universal de los Derechos Humanos y es un derecho que tiene, como regla fundamental, someterse de manera invariable al principio de veracidad.

Pero, sobre todo, los agentes del Estado y en especial, los jefes de Estado, como es el caso de Donald Trump, son los primeros obligados a informar sobre su desempeño en el cargo público.

Y esa obligación de informar al ciudadano está sometida, de manera invariable, a la veracidad.

Por tanto, cuando un medio de comunicación cancela el informe de un presidente como Trump, porque no se apega a la veracidad de los hechos, lo que hace ese medio de comunicación es cumplir con su obligación de garantizar la veracidad de la información que reciben sus audiencias.

Es decir, cuando los medios norteamericanos cancelan una declaración mentirosa del presidente Trump, no censuran al mandatario sino que cumplen con su obligación de garantizar el derecho que tienen los ciudadanos de recibir información clara, puntual y verdadera.

Y, claro, esa responsabilidad no la conocen los empresarios y los medios mexicanos, como Televisa, Azteca, Milenio, Imagen, Radio fórmula, Radio Centro y muchos otro, que a diario permiten decenas de mentiras del mentiroso López Obrador.

Se los dije.