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jueves, 17 de septiembre de 2026

España difundirá anteproyecto de ley que limita el uso de la IA en el sector cultural

 El gobierno de España sacará hoy a información pública el anteproyecto de ley que regula el uso de la inteligencia artificial generativa (IA) en el ámbito del Estatuto del Artista y con límites: deberá existir un contrato y retribución. Así lo han explicado fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social, impulsor de la norma en colaboración con el Ministerio de Cultura, que detallan que la norma no regula el uso de la IA con carácter general. El texto recoge el artículo 13 del Estatuto del Artista, que decayó tras el posicionamiento en contra del Consejo de Estado, algo que los sindicatos CCOO, UGT, UAA y Conarte criticaron por situar a los trabajadores del sector “en una posición claramente vulnerable”. Así, el Ministerio de Trabajo decidió elaborar un anteproyecto de ley orgánica –según las fuentes del departamento que dirige Yolanda Díaz– que sigue la recomendaciones del Consejo de Estado, que cuenta con los informes preceptivos y con el apoyo del sector cultural y artístico. De esta forma, el anteproyecto establece unos usos de la IA en el ámbito artístico que sean compatibles con el mantenimiento de los derechos, la seguridad jurídica, la garantía de las condiciones de trabajo y el mantenimiento del empleo. También se da especial relevancia a la negociación colectiva y se crea una comisión de estudio sobre el impacto de la IA. En concreto, se reconoce la posibilidad de realizar réplicas digitales (fakes, ultrasuplantación) y nuevos contenidos mediante IA generativa sólo en el marco del contrato de trabajo, es decir, con consentimiento y retribución; y solamente para la utilización en el desarrollo de la obra, tareas de explotación y publicidad de la misma. De esta forma, no se podría utilizar la imagen digitalizada de un actor o actriz para realizar una secuela o una segunda temporada, si el contrato es para una sola temporada. Por tanto, la compañía no se puede quedar con una imagen digital que pueda utilizar a discreción. Norma pionera Además, se fija que cuando se cree un nuevo contenido con IA generativa este debe permanecer significativamente como fueron grabadas, ejecutadas o interpretadas. Por ejemplo, no se puede realizar un contenido absolutamente nuevo partiendo de la imagen digital de un actor o de sus voces. Las citadas fuentes destacaron que se trata de una norma pionera, ya que en países como Estados Unidos o Alemania se han producido acuerdos sobre el uso de la IA generativa pero no cuentan con una ley específica. Avanzan que si se detecta un uso indebido de una obra, imagen o voz, hay que acudir a la Inspección de Trabajo a denunciarlo y a los tribunales. Además, sostienen que la normativa va a tener un mayor recorrido en los sectores estructurados, que en sectores como el de los guionistas o los músicos que cuentan con un elevado número de falsos autónomos. Las fuentes del Ministerio de Trabajo señalaron que el texto regula por primera vez el uso de la IA generativa en este sector, de forma que no se va a permitir su utilización si no es de forma consentida y retribuida, porque la revolución tecnológica no puede ser a costa de los derechos humanos ni de los laborales. Igualmente, pusieron de relieve que el sector (productoras, plataformas y artistas) está completamente de acuerdo con la regulación porque les otorga seguridad jurídica, y que sólo se opusieron al antiguo artículo 13 del Estatuto del Artista dos entidades de gestión de derechos de autor. Por todo ello, no ven motivo para que la norma no salga adelante y esperan que sea aprobado antes del final de la legislatura, aunque sin especificar plazos. Para ello, buscarán el apoyo de los distintos grupos del Parlamento y avisan de que el sector –ahora centrado en la Ley del Cine– presionará para que sea una realidad.

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