La Jornada
8 de diciembre de 2010
Exploración, explotación y refinación de hidrocarburos, exclusivos de Pemex, ratifica
Aprueba la Corte intervención de IP en actividades petroleras
Jesús Aranda
Después de revisar en cuatro sesiones las controversias constitucionales presentadas por el Congreso contra el Ejecutivo federal, por la promulgación de los reglamentos de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos (Pemex) y del artículo 27 constitucional, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la participación de la iniciativa privada en la transportación, almacenamiento, distribución y venta de hidrocarburos.
Asimismo, la SCJN ratificó la constitucionalidad de dichos reglamentos, al señalar que la exploración, la explotación y la refinación de hidrocarburos son áreas exclusivas y excluyentes del Estado.
Con la resolución de estas controversias, la Corte validó la reforma energética impulsada por el presidente Felipe Calderón, así como los reglamentos que determinan los mecanismos para regular la participación de la iniciativa privada en materia petrolera.
En sesiones previas, los ministros ratificaron, también por unanimidad, la constitucionalidad de los denominados contratos por incentivos, que permiten la participación privada en la cadena de producción petrolera, con la salvedad de que Pemex pagará sus servicios en efectivo y bajo ninguna condición podrá incluir la renta petrolera y la producción por reservas de crudo en el esquema de pagos.
Incluso, en la resolución de las controversias, el pleno precisó que en el documento final dejará en claro bajo qué condiciones el consejo de administración de Pemex podrá firmar acuerdos con empresas privadas.
Al ratificar la constitucionalidad de la ley reglamentaria del artículo 27 de la Carta Magna en el ramo del petróleo, la SCJN validó la participación de la iniciativa privada en el transporte, almacenamiento, distribución y venta de hidrocarburos, en particular de gas, gasolina y diesel.
Asimismo, los ministros ratificaron la intervención de la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) con el propósito de que regule la forma en que Pemex interactúa con las empresas particulares, como señala la norma.
La ministra instructora Margarita Luna Ramos dejó en claro que tanto la Constitución como la ley de Pemex precisan con claridad las actividades exclusivas y excluyentes del Estado en materia de hidrocarburos, como son exploración, explotación y refinación de crudo; así como la parte de la cadena productiva en la que pueden intervenir particulares.
Precisamente, agregó, la Cofeco participa en la regulación de la industria petrolera sólo cuando interactúa la iniciativa privada con la paraestatal, pero su actuación es apegada a la Carta Magna.
Al terminar la revisión de las controversias presentadas por los legisladores contra los reglamentos de la ley de Pemex y del artículo 27 constitucional, Luna Ramos recriminó a los legisladores, porque los reglamentos reflejan las leyes que ellos mismos aprobaron en su momento.
Sobre la injerencia de la Cofeco le estamos diciendo que sí (es constitucional), porque así lo están estableciendo todas las leyes que tú mismo, Congreso de la Unión, estableciste. ¿Por qué lo estableciste?, porque en las actividades en donde ya puede haber injerencia de los particulares participan varios agentes económicos, lo que demanda la intervención de la comisión.
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