ARTÍCULO: Indoamericanos, conquista y esclavismo
Por Mirtea Elizabeth Acuña Cepeda
Conforme avanzaba el descubriendo de tierras y riquezas en América y África, con las navegaciones ibéricas, portuguesas y españolas, aumentó el interés de otras naciones europeas y la progresiva lucha entre ellas, por imponer su soberanía en los territorios. Cada nave arribaba con novedosos productos agrícolas, algunos salvaron de las hambrunas a poblaciones enteras, así como los tintoreros, maderables, minerales y muchos más; una cuestión son las circunstancias de los indoamericanos en Europa, indios porque supusieron que habían llegado a la India y americanos por el nombre adjudicado al enorme continente; se sabe que unos viajaron como personas libres e incluso se honró su linaje, pero otros fueron en calidad de esclavos, subrayando que, en 1495, los reyes católicos prohibieron la esclavitud de los amerindios, mientras que Inglaterra y otras potencias mantuvieron el régimen esclavista, que era practicado en las civilizaciones americanas, asiáticas, europeas y africanas. Que en España se establecieran leyes para la protección de los indios o amerindios fue un hecho inaudito para esa época, cuando el esclavismo y la conquista eran legales y ampliamente aceptados, lo cual exige la comprensión de estos dos conceptos.
Situándonos en el siglo XVI, recordamos que ante los peligros que entrañaba la antigua ruta de la seda terrestre, se buscaba una ruta marítima a las Indias, de modo que una viable era bordear las costas africanas para encontrar un paso. Las naves de Portugal arribaron en 1418 a las Islas Madeira, en 1432 a las Azores y en 1486, Bartolomé Díaz le dio la vuelta al África por el extremo meridional, llamado Cabo de la Buena Esperanza en 1497; por esa misma ruta, Vasco de Gama llegó a la India y retorno a Lisboa dos años después, con las naves cargadas de tesoros. En ese contexto, el arribo de Cristóbal Colón en 1492, a la isla de Guanahani, en las Bahamas, resulta de la exploración para dar la vuelta al mundo, en busca de una ruta marítima alterna a la portuguesa, que bordeaba el África; sin duda un hecho trascendente, más allá de lo imaginado por Colón, ya que en ese momento se abren las puertas a un Nuevo Mundo para Europa; aunque pensaran en 1492, que las tierras descubiertas eran extensiones de Asia.
Al irse evidenciando la enormidad del descubrimiento, de unas tierras que parecían no tener fin, al recorrerlas en todas las direcciones de los puntos cardinales, en el intento por encontrar sus límites, se fueron creando situaciones inéditas de conflictos internacionales. El portugués Alvares Cabral por azar llega en 1500 a las costas de Brasil, él intentaba seguir la ruta a la India por el Cabo de Buena Esperanza, pero los vientos lo desviaron y en 1539, Portugal empezó al conquista y colonización de esta región sudamericana. En el siglo XVI, descubrir y conquistar tierras se consideraba un derecho, todo esto durante un largo proceso que es un amplísimo tema de estudio; no únicamente desde la perspectiva guerrera, de enfrentamientos entre las sociedades indígenas y de éstas con los europeos, que a su vez pugnaron entre sí, para establecer su dominio comercial y naval.
Nos parece inimaginable, pero hasta mediado el siglo XX, la conquista se consideraba un derecho internacional y lo ejerce el conquistador de un territorio por la fuerza de las armas y es prohibido después de la Segunda Guerra Mundial (ONU, Resolución 3314 – XXIX, Asamblea General); no obstante, desde antes de la llegada de Colón, el derecho de conquista se sustenta en un marco legislativo y ante la expansión continental, se emitieron decretos y leyes indispensables para regularla, como fue la Bula pontificia, respecto a la posesión, dominio y jurisdicción de las tierras descubiertas, así como la conversión de los indígenas.
De conformidad a la libertad de los amerindios, las Leyes de Indias en 1525, ordenan que ninguna persona, de cualquier dignidad, oficio, sea tiempo de paz o guerra, aunque sea justa, “sea osado de cautivar Indios naturales de nuestras Indias, Islas y Tierra Firme del Mar Océano… ni tenerlos por esclavos… Por cuanto todas las licencias y declaraciones hasta hoy hechas que en estas leyes no estuvieran recopiladas o las que se dieren o hicieren, no siendo dadas ni hechas por Nos expresamente, las revocamos y suspendemos, en lo que toca a cautivar o hacer esclavos a los indios… Y asimismo mandamos que ninguna persona en guerra o fuera de ella pueda tomar, aprehender ni ocupar, vender ni cambiar por esclavo a ningún Indio, ni tenerle por tal.”
Como aduce el padre Vitoria (Salamanca, 1539): La salvación del alma es un derecho natural, el rey Carlos I, V de Alemania, ya había dispuesto (1530) que, “… reconozcan con particular atención la orden, y forma de vivir de los Indios, policía, y disposición en los mantenimientos, y avisen a los Virreyes, o Audiencias, y guarden sus buenos usos, y costumbres en lo que no fueren contra nuestra Sagrada religión […y] se guardasen aun siendo cristianos”; en ese tenor, a fines del 1536, el obispo de Tlaxcala, fray Julián Garcés, le escribe al Papa argumentando que los españoles, antes de conocer a Cristo, también eran paganos y que los indios eran personas que no merecían un trato discriminatorio por no reconocer la fe cristiana. En junio de 1537, la bula Sublimus Dei, de Pablo III, establece el derecho a la libertad de los indígenas –amerindios- y prohíbe esclavizarlos; acepta el derecho a la propiedad de esclavos, pero no de los “indios” por ser gente libre. Estos y otros datos indican, que el descubrimiento de América generó la necesidad de un nuevo orden jurídico. En los dominios españoles se aceptaba la importación de esclavos negros del África, pero los portugueses en Brasil y otros países europeos consideraban un derecho la esclavitud de amerindios y africanos, hasta la segunda mitad del siglo XIX, en América abastecía las colonias británicas, luego estadounidenses.
La esclavitud se vincula con un modo de producción que provoca tensiones sociales y raciales, étnicas diríamos ahora; un sistema económico de explotación de la tierra, incluido el subsuelo, que fue poniendo a debate aspectos éticos y morales, al intentar justificar o comprender esa práctica; en la Grecia clásica se cuestiona la legitimidad del esclavismo. Esclavo,va se define como persona que no está en condición libre, que está bajo el poder absoluto de un amo, sea por su nacimiento, por haber sido capturado en la guerra, por condena o venta. La expresión “poder absoluto”, nos alerta respecto a la integridad física del individuo y nos obliga a diferenciar y caracterizar los grados de esclavitud, de acuerdo con las culturas, en sus respectivos espacios geográficos y temporales, ya que el esclavismo es quizá una de las prácticas más antiguas entre los seres humanos.
Al integrarse América a la economía mundo, el mercado de esclavos no fue la excepción, sin embargo, el debate ético respecto al esclavismo se puso de manifiesto desde el inicio de la conquista, derecho aceptado por leyes internacionales. En la América hispánica se prohíbe esclavizar a la población amerindia, pero no a los africanos e individuos de otros continentes; sin obviar las particularidades de un comercio legalizado, aceptado y ejercido por africanos, europeos e indígenas prehispánicos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario