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jueves, 2 de mayo de 2019

¿Protege el Islam a las minorías? (6): Entonces, ¿quién es el dzimmi?

Este estatus de minoría es tan generoso que a veces actúa incluso contra los intereses de la comunidad islámica. Por ejemplo en los Balcanes, el imperio otomano preparó su propia caída adhiriéndose a las normas de las minorías islámicas aún cuando, en el siglo XIX, esto iba a alimentar inevitablemente los nacionalismos de tinte religioso griego, serbio y búlgaro. Cuando esos países se independizaron, sus instituciones dzimmíes sirvieron inicialmente como instituciones del incipiente estado.
La consideración que se ha hecho con frecuencia de que el estatus de dzimmí sea el de ciudadano a medias es dudosa. Muy al contrario –según la opinión de muchos analistas contemporáneos- en una nación-estado la situación del moderno dzimmícorresponde al concepto moderno de ciudadano. Esto supone que, en un moderno estado musulmán, un no musulmán está sujeto a unos impuestos iguales a los de los musulmanes.
En este contexto la cuestión que se plantea es, desde una perspectiva actual, quiénes están legitimados para recibir la protección de su autonomía cultural y religiosa. Originalmente sólo judíos y cristianos eran considerados dzimmíes, hasta que el Profeta del Islam aceptó también a los zoroastrianos de Bahrein. Más tarde, los sabeos y “todos los que siguen a alguno de los profetas” tendrían dicha consideración, siempre que tuvieran un libro o algo que pudiera haber sido un tipo de código sagrado o referente y que no sean idólatras. El derecho de protección por parte de los musulmanes a los que no lo son no es solamente para los dzimmíes, sino también para los mu‘ahidin, que son todos aquellos pertenecientes a un pueblo que tiene un pacto con los musulmanes.
Esta definición ha ampliado sus límites. Así lo sugiere Ahmed al-Borai según el cual, además de la gente del Libro, los musulmanes deben proteger incluso al no creyente “al menos mientras no haya recibido el mensaje”. Pero añadimos aquí, algo importante y más acorde con el talante de Muhammad que estas restrictivas consideraciones. El Profeta era llamado Amin, ya antes de que le llegara la Revelación. El significado es “con quien te sientes seguro”, o “digno de confianza”, es decir que él por su trato hacía que la gente se sintiera a salvo. De esto se deduce que desgraciadamente, muchos de los que han intentado aplicar ciertas conductas a modo de enseñanzas islámicas, no han sido tan respetuosos ni amables con el prójimo como lo era Muhammad (saw). Quien  tuviera propósitos pacíficos y de no agresión debería sentirse protegido siempre entre los musulmanes, sin que sus creencias fueran motivo de objeción al respecto. Esto es una regla fundamental e imprescindible.
Esta extraordinaria concepción que, si se aceptara ampliamente facilitaría las relaciones entre musulmanes y agnósticos, ateos y materialistas en occidente se basa en el Corán. El hecho de no comprender (asumir, aceptar, dar testimonio del Islam) no debe suponer un peligro para un no musulmán, que a su vez tampoco tiene ningún motivo lógico para enfrentarse al musulmán por serlo.
“Y si alguno de aquellos que atribuyen divinidad a otros junto con Dios busca tu protección, concédesela, para que tenga ocasión de escuchar la Palabra de Al-lâh; y luego hazle llegar a donde esté seguro: esto, porque son gentes que no conocen” (18)
Pretender que convivir con los musulmanes es en definitiva, su espera de la “conversión” de otros, sería asumir que algunos podrían aceptar el Islam, por temor a represalias o también por interés (trato privilegiado). Consentir o contribuir a algo así sería muy grave, por la sencilla razón que alguien que ha sido forzado sería un hipócrita y eso desde el Islam es lo peor. Las personas musulmanas tienen el deber de ofrecer su cortesía (adab) a todas las criaturas. A diferencia de otras religiones, el Islam no garantiza la “salvación”, ni siquiera al mismo Profeta. El hecho de no ser musulmán tampoco significa necesariamente una peor suerte. Dice el Corán que sólo Al-lâh conoce lo que hay en los pechos. El tío de Muhammad (saw), Abu Talib es el ejemplo más ilustrativo: No se conoce ningún tipo de presión que hubiese podido sufrir por el hecho de no haber abrazado el Islam. De haber ocurrido, sin duda hubiera quedado constancia de tal cosa y se utilizaría para persuadir o hacer proselitismo. Pero, a pesar de que se haya afirmado lo contrario en múltiples ocasiones, ese instinto misionero no constituye en absoluto la naturaleza del Islam, que como cosmovisión abarca una amplitud de miras más universalista. Abu Talib, no sólo fue querido y respetado por todos los musulmanes como un Compañero más, sino que fue un auténtico protector de Muhammad (saw) durante toda su vida.
Queda evidenciado con los elementos expuestos que entre la Dzimma como protección garantizada a los no musulmanes y el amân preislámico utilizado como salvoconducto hasta para los enemigos, la protección en el Islam, incluso en situaciones extremas debería estar asegurada para quien busque el acuerdo y la paz.
Este texto fue publicado en 2009 en el libro Islam y Derechos Humanos de Yaratullah Monturiol publicado por Junta Islámica

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