Deslegitimando al
EIIS a través de motivos islámicos: Crítica a Abu Bakr Al-Baghdadi por
estudiosos musulmanes
Por la: Prof. Ella
Landau-Tasseron*
Lo siguiente es el resumen
ejecutivo del escrito de la Prof. Ella de Landau-Tasseron. El
documento en su totalidad está disponible en el siguiente enlace, o a través
del enlace al despacho en inglés:http://www.memri.org/report/en/0/0/0/0/0/0/8873.htm
El 19 de septiembre,
2014 un grupo de 126 estudiosos musulmanes dirigieron una carta abierta al
mandatario del EIIS Abu Bakr Al-Baghdadi. En esta critican severamente las
políticas y acciones del EIIS, afirmando que son desviaciones del Islam, la
cual es una religión misericordiosa. A fin de justificar su postura, los
críticos citan a veces los mismos textos utilizados por el EIIS, dando su
propia interpretación. Cabe mencionar que la carta no provocó ningún debate
público en el mundo musulmán.
A continuación
presento los puntos de la crítica de los clérigos, con un breve análisis de
cada punto (marcados con un asterisco).
1. Un musulmán que
clama autoridad religiosa debe poseer una educación formal; debe aplicar correctamente
el Corán, hadices y teoría jurídica, considerar todos los textos pertinentes a
cualquier tema discutido y evitar la lectura selectiva. Las autoridades
religiosas del EIIS no cumplen estos requisitos.
*Al-Baghdadi posee un
doctorado en estudios jurídicos islámicos (Sharia) de la Universidad de Bagdad.
Esto sin duda le hace un buen conocedor del Sharia. Por otra parte, la lectura
de los textos sagrados selectivamente es inevitable porque siempre contienen
contradicciones. Los críticos lo leen selectivamente también, omitiendo o
explicando los textos que no se ajustan a sus argumentos.
2. Una autoridad
religiosa debe poseer un dominio de la lengua árabe. El EIIS se presenta a sí
mismo como el cumplimiento de la promesa de Alá en Corán 24:55, "Alá le ha
prometido a aquellos que creen y hacen buenas obras que Él los establecerá
como sucesores (la-yastakhlifannahum) [a aquellos que los
precedieron] en la tierra..." El EIIS mantiene que la palabra la-yastakhlifannahum, derivado de la misma raíz que la palabra jilafa, se refiere al Califato de Al-Baghdadi. Esta
interpretación revela desconocimiento de la lengua árabe, ya que distorsiona el
verdadero significado del versículo.
* Este versículo
siempre ha sido interpretado como el presagio de la victoria y conquistas del
Profeta y del califato temprano en el siglo VII. El EIIS, emulando el modelo
prístino, aplica comprensiblemente el verso para sí mismo. Cierto que la
palabrala-yastakhlifannahum no
se refiere literalmente a un califato, pero algunos musulmanes pre-modernos
pensaron que sí. Esto significa que el EIIS no ha introducido una nueva
interpretación que no haya sido informada.
3. Está prohibido
simplificar el Shari'a e ignorar las ciencias islámicas establecidas y los
expertos.
* Los críticos
protestan aquí la tendencia actual de "democratizar el conocimiento
religioso", en el que los musulmanes autodidactas leer las fuentes para sí
mismos y en ocasiones alcanzan conclusiones legales. Esta tendencia se ve
facilitada por la red y su atractivo es grande.
4. La clemencia
siempre es preferible en materia religiosa. La propagación del Islam siempre ha
sido realizada por la predica y no por coerción. Las acciones del EIIS
contravienen este principio islámico.
* En la elaboración
de este argumento los críticos recurren a una práctica por la que estos
censuran al EIIS, es decir toman versículos fuera de su contexto o confiar en
los versos que tradicionalmente son considerados derogados. También es erróneo
decir que el Islam siempre se propaga únicamente predicando. Tanto la historia
y los libros de leyes islámicos demuestran lo contrario.
5. El Sharia no debe
ser aplicado de forma rígida y literalmente, tal como lo ha hecho el EIIS, sino
con flexibilidad, de acuerdo a las circunstancias de lugar y tiempo.
* De hecho, los
estudiosos musulmanes siempre han mostrado ingenuidad en adaptar las leyes del
Sharia a las realidades cambiantes. En los tiempos modernos el debate en torno
a la capacidad de adaptación se ha intensificado, mientras los musulmanes se
enfrentan a problemas resultantes de un choque entre las culturas y los valores
islámicos y occidentales. El EIIS representa una actitud ultra-puritana que, al
menos en parte, es precisamente una respuesta a la modernidad occidental y
occidentalizada. Los críticos tienen un enfoque más flexible.
6. Está prohibido
asesinar a los inocentes, tal como lo hace a menudo el EIIS. Debe existir una
causa lícita para matar.
* La "Causa
legal" es mencionada en el Corán pero sin especificaciones, por lo que el
término es vago. Los musulmanes pre-modernos debatieron si la incredulidad era
causa suficiente para asesinar, o únicamente la incredulidad combinada con la agresión.
Ambas posturas son compatibles con los versos del Corán y con varias
interpretaciones y dichos proféticos.
7. El EIIS asesina a
periodistas y a ayudantes laborales; éstos son comparables a los representantes
enviados, cuyo asesinato está prohibido.
* Esta analogía
establecida por la crítica ilustra la viabilidad en la aplicación de las normas
tradicionales indulgentes a las circunstancias modernas por deducción. Otro
ejemplo similar es hecho entre el visado moderno y el aman pre-moderno,
es decir, la institución jurídica que protegía a los visitantes extranjeros en
tierras islámicas y viceversa, bajo la condición de que observen las leyes del
país que los acogen. Después del 11 de Septiembre, muchos musulmanes
argumentaron que los autores tenían visas norteamericanas, comparables al aman
dado a los musulmanes en países extranjeros. Al cometer un delito contra sus
anfitriones estadounidenses, estos musulmanes por lo tanto violaron la ley
islámica.
8. El EIIS ataca a
los musulmanes, pero el yihad debe ser defensivo y librado sólo contra el
no-musulmán. Además, debe librarse con una causa lícita, intención correcta,
objetivo legal y conducta legal. La causa debe ser la agresión previa contra
los musulmanes, la intención debe ser combatir en el camino de Alá, el objetivo
debe ser "hacer que la palabra de Alá reine suprema" y la conducta
correcta es matar solamente a los combatientes. El EIIS se desvía de todo esto.
El objetivo del yihad fue logrado cuando la Península Arábiga fue islamizada
por el Profeta en el 630-31 CE, por lo que el yihad ofensivo se ha vuelto
redundante. Las conquistas islámicas posteriores al Profeta no pueden servirle
al EIIS como modelo porque eran meramente defensivas. La ejecución de los
prisioneros por el Profeta no puede servirle al EIIS como modelo, porque esos
prisioneros eran criminales de guerra iguales a aquellos juzgados en Nuremberg.
El EIIS también se equivoca al instar a todos los musulmanes a participar en el
yihad, ya que el yihad incumbe sobre la comunidad en su totalidad y no sobre
todos y cada uno de los musulmanes.
*La mayoría de los
términos y categorías utilizadas por los críticos aquí fueron tomados de la
doctrina occidental de una guerra justa. Sin embargo, las reglas del yihad no
son totalmente compatibles con la doctrina. Contrario a la afirmación de los
críticos, el Corán, los hadices y el Islam pre-moderno si predicaron una guerra
ofensiva. De hecho, el objetivo legal islámico de "hacer suprema la
palabra de Alá" significa establecer el reinado del Islam mediante la
conversión o someter a los no musulmanes - ya sea mediante la predica y la
persuasión o por medios violentos. Por lo que, existe una contradicción entre
dos declaraciones de los críticos ("el yihad es sólo defensivo" y
"el objetivo del yihad es hacer suprema la palabra de Alá"). Para
resolver esta contradicción los críticos se idearon una interpretación
innovadora: El objetivo del yihad ya ha sido alcanzado por el Profeta, ellos
dicen, por lo que sólo el yihad defensivo es ahora legítimo. A mi entender, ningún
estudioso musulmán pre-moderno ha ofrecido esta interpretación.
En cuanto a la
conducta correcta de la guerra, los primeros estudiosos musulmanes
establecieron algunas reglas, tales como el "no asesinar niños", pero
estos fueron posteriormente anulados de contenido por medio de interpretaciones
ingeniosas. Del mismo modo, las normas coránicas relativas a los prisioneros de
guerra estipulan que pueden ser liberados de un rescate o gratuitamente. Los
juristas musulmanes complementan estas reglas basadas en las acciones
reportadas del Profeta, por lo que los presos también pudieran ser ejecutados o
esclavizados. Parece ser que las primeras normas de conducta del yihad son más
compatibles con las normas internacionales vigentes de lo que son las normas
del Sharia clásico.
Los críticos no
tienen en cuenta todos los versos del Corán e informes pertinentes al tema del
yihad (contraviniendo así su propio consejo a Al-Baghdadi). En particular,
estos omiten mencionar las interpretaciones tradicionales de los llamados
"versos de la espada" y muchos otros versículos y hadices, que
ordenan a los musulmanes combatir contra los infieles "en el camino a
Alá", independientemente de la necesidad de defensa.
Además, los términos
de causa lícita, metas correctas e intención correcta son borrosos. Estos
parecen ser medios para restringir la guerra ofensiva, pero no son
necesariamente así. En el Islam existen precedentes para considerar como
agresores a todos los no musulmanes que se niegan a convertirse, proporcionando
así una "causa legal" para realizar ataques contra ellos, incluso si
no han cometido una agresión verdadera contra los musulmanes. El objetivo de
hacer reinar la palabra de Alá es "correcto" en términos islámicos,
pero no establece restricciones a la guerra ofensiva. En cuanto a la conducción
de la guerra, el EIIS puede encontrar fácilmente en las fuentes islámicas
precedentes o justificativas para la mayoría de sus acciones.
9. Está prohibido
etiquetar a otros musulmanes de "no creyentes" (takfir), tal
como lo hace el EIIS.
* Etiquetar a otros
musulmanes de "infieles" o "no creyentes" tiene graves
consecuencias, ya que en el Islam los apóstatas deben ser ejecutados. El
consenso en el Islam pre-moderno sunita ha sido el abstenerse de la excomunión
tanto como sea posible. Desde mediados del siglo XX, los musulmanes radicales
utilizan el takfir para legitimar la violencia contra los gobiernos de los
países musulmanes y en contra de otros musulmanes en general.
10. El EIIS persigue
a los cristianos a pesar de que hayan tenido un pacto con los musulmanes
durante 1.400 años (dhimma, lo que significa que pagaron un impuesto,
acatado por ciertas restricciones y a cambio estos fueron protegidos). Por otra
parte, el Corán 9:29 - "Combate contra aquellos que han recibido las
Escrituras, pero no creen en Alá... hasta que paguen el impuesto sean
humillados" - se aplica sólo a aquellos entre los Pueblos del Libro
(cristianos, judíos y sabeos) quienes son agresores. El cristiano de origen
árabe, quienes eran aliados de los musulmanes, tenían un estatus especial, en
la que no pagaban un impuesto humillante, sino más bien un impuesto
no-humillante equivalente al zakat,
impuesto pagado por los musulmanes.
* El dhimma fue
abolido por los otomanos en 1856. Sin embargo, el predecesor del EIIS, "El
Estado Islámico de Irak", declaró nulo y sin valor el contrato dhimma en
el 2007 con el argumento de que el dhimmi lo
había violado. Un nuevo pacto dhimma fue redactado por el EIIS en el 2015. Así,
la organización de hecho le ofrece a los cristianos las mismas tres opciones
que tradicionalmente se le ofrecen a la mayoría de los no musulmanes:
conviértanse al Islam, pagar los tributos y convertirse en sujetos protegidos
humillados (dhimmi) o enfrentar la espada. Por esta medida el EIIS se equipara
a sí mismo al segundo califa Umar bin Al-Jattab (m. 644 CE), considerado como
el iniciador de la disposición del dhimma.
En cuanto a los
argumentos históricos respecto a la situación especial de los árabes
cristianos, este posee cierta base. Los cristianos de la Península Arábiga eran
parte de la sociedad árabe musulmán y al parecer no experimentaron
discriminación. Los árabes cristianos en el Creciente Fértil si pagaron los
tributos, pero fueron tratados con más indulgencia que los cristianos de otros
orígenes.
Sé que no existen
bases en las fuentes para el argumento de que el Corán 9:29 sólo se aplica a la
guerra defensiva en contra de los cristianos agresivos (o judíos, etc.)
11. El EIIS persigue
duramente a los yazidis, pero estos pertenecen a los Pueblos de las Escrituras,
tales como los zoroastrianos, hindúes, budistas y muchos otros. Todos ellos
fueron reconocidos por los más grandes estudiosos musulmanes pre-modernos como
elegibles para el estatus de protección-humillante y los yazidis deben recibir
el mismo estatus, y no deben ser perseguidos.
* El Corán le concede
el estatus de protección sólo a "los Pueblos de las Escrituras",
identificados como judíos, cristianos y sabeos. Otros idólatras deben o bien
convertirse o hacerle frente a la espada. Sin embargo, los primeros estudiosos
musulmanes reconocen a la mayoría de los no musulmanes como comparables a los
Pueblos de las Escrituras y les conceden la humillante condición de protegidos;
esta es la base de la demanda de los críticos respecto a los yazidis. El EIIS,
sin embargo, afirma que los yazidis son idólatras, sobre la base de la
investigación llevada a cabo por estudiosos del EIIS.
12. ISIS toma
esclavos, pero la esclavitud está prohibida. El Islam siempre luchó por abolir
la esclavitud, que de hecho ha sido prohibido en todo el mundo sobre la base de
un consenso universal, incluyendo a los musulmanes.
* Contrariamente a la
afirmación de los críticos, el Shari'a nunca se esforzó por abolir la
esclavitud sino sólo regularizarlo. Fue, sin embargo, considerado virtuoso el
liberar a los esclavos musulmanes. La esclavitud ha sido de hecho abolida, al
menos en teoría, por la comunidad internacional, pero los miembros del EIIS no
consideran a la comunidad internacional como un modelo. Estos se ven a sí
mismos reviviendo una costumbre del Profeta cuando estos esclavizaban a los
prisioneros de guerra y tomaban a las esclavas como concubinas.
13. Está prohibido
obligar a cualquiera a que se convierta al Islam. Muchos versículos en el Corán
expresan tolerancia por los no musulmanes. También está prohibido imponer el
sharia en la esfera pública, porque, tal como dice el Corán (13:31, 26:4), Alá
desea que haya infieles y pecadores en la tierra.
* Los estudiosos
musulmanes pre-modernos tuvieron que determinar la actitud de la ley islámica
hacia los no musulmanes, dadas las contradicciones en los versos del Corán
tales como: "No existe compulsión en la religión..." (2:256) frente a
la medida cautelar recurrente de combatir a los no musulmanes "hasta que
toda religión pertenezca a Alá" (Corán 2:193, 8:39, 48:16). Los estudiosos
musulmanes pre-modernos lo consideraron erradicado, o de otra manera explicada,
los versos de tolerancia; el mandato de emprender el yihad era considerado
vinculante y reemplaza todos los versos que expresan tolerancia. Las
diferencias en detalle pesan sobre ello, los investigadores establecieron que
algunos grupos deben ser obligados a convertirse al Islam o morir, tales como
los idólatras árabes, apóstatas y maniqueos. Otros no deben ser coaccionados,
pero deben rendirse a los musulmanes. Los críticos de hecho refutan el consenso
pre-moderno al restablecer la validez de los versos tolerantes.
La aplicación del
sharia en la esfera pública no es en lo absoluto una innovación del EIIS. En
los libros del Sharia pre-moderno este es considerado una de las principales
tareas del gobernante musulmán. La policía religiosa (hisba) en algunos
países musulmanes modernos y en los territorios del EIIS continúa esta
tradición.
14. El EIIS le niega
a las mujeres sus derechos, su libertad de movimiento y su derecho a estudiar,
trabajar y vestirse de acuerdo a su gusto. Los matrimonios forzados también son
practicados bajo el EIIS. El Islam prohíbe todo esto.
* La Sharia contiene
muchas reglas que, según los estándares liberales modernos, son
discriminatorios contra la mujer. Sin embargo, estos pueden ser interpretados y
aplicados en una variedad de maneras. Los críticos señalan formas de mejorar
las condiciones sociales de las mujeres musulmanas, sin renunciar al sharia o
en la adopción de un sistema externo de ley.
15. El EIIS asesina a
niños y los obliga a participar en los combates y otras atrocidades. El Islam
prohíbe estas prácticas.
* Hasta donde yo
puedo decir de hecho no existen precedentes legales islámicos, o informes sobre
el Profeta, que pueden justificar el trato del EIIS hacia los niños.
16. ISIS promulga
castigos coránicos (hudud) sin seguir los procedimientos correctos que
garanticen justicia y misericordia.
* El Corán estipula
penas específicas para determinados delitos, tales como la lapidación pública
por las relaciones sexuales ilícitas y la amputación de las manos y/o pies por
robo. La ley islámica pre-moderna generalmente pone en evidencia una fuerte
tendencia a limitar la aplicación del hudud en la medida que fuese posible, por
medio de procedimientos complejos para demostrar la culpabilidad mediante la
definición de las circunstancias atenuantes. Al parecer, un régimen islámico
naciente y controvertido tal como el EIIS puede intentar mostrar fervor islámico
a través de la aplicación estricta del hudud.
17-18. La tortura y
los abusos infligidos por el EIIS de ambos los vivos y los muertos son
no-islámicos y dañan la imagen del Islam entre otras naciones.
* La Sharia no ordena
la tortura y el abuso; a veces prohíbe explícitamente tal conducta. Por
ejemplo, los dichos proféticos prohíben el abuso de los muertos y la ejecución
a través del fuego. El EIIS justificó esta última atrocidad como un acto de
medida-por-medida: El piloto jordano fue ejecutado por fuego porque este causó
que gente inocente fuese quemada bombardeándolos.
19. Miembros del EIIS
atribuyen sus conquistas a Alá, atribuyéndole así a Él las atrocidades que
cometen durante sus conquistas. Está prohibido dar a entender que Alá es el
responsable de actos malvados.
* Los críticos aducen
aquí un innovador argumento teológico contra la perpetración de las
atrocidades.
20. El EIIS destruye
sepulcros de los profetas y de los Compañeros del Profeta; pero visitar tales
tumbas está permitido, incluso es beneficioso y destruirlos está prohibido. Así
lo indica el Corán y los hadices y por el hecho de que los Compañeros
enterraron al Profeta y a los dos primeros califas cerca de la mezquita en
Medina.
* El tema de la
peregrinación a las tumbas sagradas ha sido objeto de acalorados debates entre
los musulmanes durante siglos. Algunos lo consideraron una violación al
monoteísmo. Oponentes vehementes a estas costumbres fueron, entre otros, Ibn
Taymiyya y Muhammad b. Abd Al-Wahhab. El EIIS no es el primer movimiento
islámico en oponerse a la veneración de los muertos y al culto de tumbas.
21. El EIIS se ha
rebelado contra los gobernantes legítimos, que el Shari'a prohíbe. Un
gobernante legítimo puede ser depuesto si este se convierte en un apóstata
declarado o impide a los musulmanes practicar el Islam. Sin embargo, un
mandatario no puede ser depuesto simplemente por ser injusto, odiado o incluso
por no aplicar el Shari'a.
* Al parecer, los
críticos asumen que ningún gobernante musulmán es probable que renuncie
abiertamente el Islam o prohíba el Sharia; por lo tanto, ninguna rebelión es
probable que sea lícita por la ley islámica. Ellos citan versos del Corán en el
sentido de que si no se juzga por la ley de Alá lo marca a uno como un pecador,
un malhechor o un no creyente (Corán 5:44-45, 47) - pero no de una manera que
cae más allá de los límites del Islam. Esta actitud quietista desarrollada bajo
el impacto traumático de las guerras civiles tempranas (fitan, 656-661,
680-692 CE) y se convirtió en un consenso sunita. Los radicales desprecian esta
actitud y se levantan contra gobiernos musulmanes precisamente porque estos
gobiernos no juzgan por la ley de Alá como ellos lo entienden. Los radicales
citan precisamente los mismos versos como lo hacen los críticos para justificar
sus puntos de vista revolucionarios.
22. Está prohibido
declarar un califato sin el consenso de todos los musulmanes, a no ser que las
guerras internas sucedan. Si el EIIS considera creyentes a los 1,5 billones de
musulmanes que viven actualmente en todo el mundo, entonces, Al-Baghdadi no
puede ser califa, porque no todos lo aceptan. Por el contrario, si el EIIS
considera a todos los musulmanes excepto a sus seguidores de ser infieles,
entonces el número de sus seguidores es demasiado pequeño para establecer un
califato, debido a que una pequeña comunidad de musulmanes no requiere de un
califa.
* Aquí los críticos
expresan nuevamente la actitud que nace del trauma histórico sunita de guerras
internas (fitan) y reflejan las teorías que prohíben oponerse al gobierno. El
argumento de que un pequeño número de musulmanes no necesita de un califa no
tiene base en las fuentes islámicas. De hecho, la historia temprana del
califato señala lo contrario, ya que el primer califa fue rechazado por la
mayoría de las tribus árabes e incluso por algunos de los Compañeros del
Profeta. La tradición aborda el problema informando que todos los Compañeros
finalmente cumplieron y calificando a los restantes disidentes como apóstatas
(es decir, como no musulmanes).
23-24.It está
prohibido abolir los límites de los estados-nación, tal como lo hace el EIIS.
También es injusto pedirle a los extranjeros migrar a Siria e Irak a expensas
de la población local; de hecho, es similar al crimen por Israel de sustituir a
los palestinos con inmigrantes judíos. Contrario a la doctrina del EIIS, la
migración dejó de ser un acto obligatorio o meritorio islámico después de la
conquista de la Meca en el 630 CE.
* Árabes y musulmanes
no rechazaron el concepto de los estados-nación a pesar de que, en el Medio
Oriente, se relacionaban con la desaparición del califato otomano y fue
implementado artificialmente por las potencias imperiales. Sin embargo, el
concepto de los estados-nación no tiene raíz en el Shari'a. Para los radicales
que desean emular el Islam prístino, los estados-nación son un elemento foráneo
que debe ser arrancado de raíz y la migración al único y verdadero califato
islámico es actualmente el curso de acción correcto, tal como lo fue en la
época del Profeta. Mucho tiempo después de la época del Profeta, los estudiosos
musulmanes suelen celebrar que los musulmanes no deben vivir en una tierra
donde no sean libres de practicar su religión. El EIIS puede decir fácilmente
que las restricciones en Europa sobre el velo, y sobre el nivel del sonido a la
llamada a los rezos (adhan), son restricciones sobre los musulmanes que
requieren su migración a una tierra verdaderamente islámica.
Conclusión
Los críticos están
consternados por las atrocidades del EIIS y hacen todo lo posible por
deslegitimarlos. Estos no hacen referencia al hecho de que el EIIS está
edificando un estado islámico que revive las instituciones pasados islámicas, tales como el contrato
entre la comunidad y el mandatario (bay'a), la toma de un botín de
guerra, el impuesto a los cristianos, los castigos coránicos por delitos
específicos (hudud), los tribunales Sharia y los tribunales civiles (mazalim),
la elección ofrecida a los politeístas entre la conversión y la espada, y la
posesión de esclavos. La meta del EIIS de hacer suprema la palabra de Alá (por
la fuerza si es necesario), se deriva directamente del consenso sunita
pre-moderno. En los tiempos modernos la mayoría de los musulmanes no son
impulsados a cometer atrocidades con el fin de
poner en práctica este objetivo. Sin embargo, oponerse a ello de forma
explícita o refutarlo de manera convincente es una tarea difícil, ya que este
objetivo y el yihad necesarios para lograrlo,
se basan en los textos fundamentales del Islam.
Tanto el EIIS y sus
críticos se basan en los textos islámicos, a veces los mismos textos. La
naturaleza y el contenido de estos textos requieren de una lectura selectiva y
permiten diversas e incluso conclusiones contradictorias.
*
Ella Landau-Tasseron es profesora jubilada del Departamento de Estudios
Islámicos y del Medio Oriente de la Universidad Hebrea de Jerusalén. Sus campos
de investigación son la historia temprana islámica, el sistema tribal árabe, las
instituciones políticas islámicas, los hadices, la historiografía islámica y el
yihad. Entre sus publicaciones se encuentran una serie de artículos sobre la
sociedad tribal en la época pre-islámica y de comienzos del Islam, dos
monografías sobre la institución del "juramento de lealtad" islámico
y una monografía sobre el pensamiento de los no combatientes islámicos.
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